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Cierre temporal del tour de rayas en San Andrés


El Director General de CORALINA Ingeniero Durcey Stephens Lever, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, expidió la resolución No. 253 de 23 de abril de 2018 por medio de la cual se ordena el cierre y/o suspensión temporal de la actividad turística asociada al recurso natural de las rayas en la isla de San Andrés, cierre que se iniciará a partir del próximo 15 de mayo y se extenderá hasta el día 30 de mayo de 2018.

Lo anterior, debido al incumplimiento generalizado por parte de los prestadores de servicios del tour raya a las disposiciones establecidas por CORALINA en la Resolución No. 1205 de

l 30 de diciembre de 2016, por medio de la cual se adoptaron medidas de protección ambiental de las rayas asociadas a la actividad turística que se desarrolla en las inmediaciones de Rose Cay y Haynes Cay. Este incumplimiento, no tiene justificación alguna dado que la Corporación desde el año anterior viene impartiendo capacitaciones, sensibilizaciones, socializaciones y llamados de atención a los diferentes operadores turísticos involucrado con la actividad en pro de la protección de las rayas, especie marina que podría afectarse ante el incumplimiento de las disposiciones establecidas en la Guía de Buenas Prácticas para el desarrollo del denominado “Tour o Show de Mantarrayas”.

Durante el periodo de cierre queda estrictamente prohibido que las agencias de viajes y cualquier prestador u operador de servicios turísticos promueva, realice y/o comercialice para las fechas estipuladas el denominado tour o show de rayas; igualmente queda prohibido dentro del documento expedido por Coralina a través de la Subdirección de Mares y Costas que los guías, turistas y cualquier persona natural o jurídica adelanten actividades que impliquen ceba, alimentación y/o contacto directo con estas especies (Rayas).

Ante este aprovechamiento, Coralina hizo un estudio donde se determinó la real amenaza de la especie (raya) frente a esta actividad que se realiza en el parque natural, estudio que permitió tomar como medida preventiva la regulación sobre este tipo de actividad con la especie.

SANCIONES

Existen sanciones establecidas en la ley 1333 que habla sobre el régimen sancionatorio ambiental, sobre manipulación de especies silvestres, además la resolución establece unas medidas de control grupal e individual en el sentido que haciéndole seguimiento se encuentran gran cantidad de personas incumpliendo con lo establecido en la resolución que regula y controla este tipo de tour, por lo tanto se cerrará la zona de acuerdo con la gravedad de la afectación por días, semanas, meses o totalmente.

CORALINA recuerda a la comunidad prestadora de estos servicios dar cumplimiento a esta medida y estar atentos a las convocatorias que se estarán haciendo para seguir socializando la norma y buscarle soluciones a los reiterados incumplimientos que conllevaron al cierre temporal de la actividad turística en referencia.


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